España es un país ideal para vivir, trabajar o estudiar, pero hay que tener los permisos de trabajo y residencia necesarios para ello.
Los trabajadores que son ciudadanos de un país miembro de la Unión Europea (UE) o de la Unión Económica Europea (EEE) o de Suiza, no necesitan un permiso de trabajo o residencia.
Los trabajadores que son ciudadanos de un país no miembro de la Unión Europea o de la Unión Económica Europea (EEE) entonces es necesario un visado de trabajo o un permiso de residencia europeo o una tarjeta azul de la UE. Sin un visado de trabajo, una empresa no puede emplear legalmente a ciudadanos no comunitarios.
El visado temporal
El visado temporal permite al titular permanecer legalmente en España durante más de 90 días pero menos de 5 años. Este permiso de residencia europeo debe renovarse cada uno o dos años, pero sólo hasta los cinco años, tras lo cual el titular debe solicitar un visado permanente si su intención es permanecer más tiempo o de forma indefinida.
El visado temporal se suele conceder a contratistas de trabajos o servicios como investigadores, profesores y religiosos, personal de alta dirección con contrato, trabajadores de temporada, deportistas, artistas de espectáculos públicos, condenados extranjeros autorizados y trabajadores transfronterizos.
El visado permanente
Tras vivir en España de forma continuada e ininterrumpida durante cinco años, el titular del visado temporal puede solicitar un visado permanente. Esto permitirá al titular trabajar y vivir en España indefinidamente.
Si usted es un emprendedor o empresario, que planea montar un negocio en España que sea innovador, de tecnología avanzada y que esté alineado con los intereses socioeconómicos de España, entonces el visado de emprendedores o el visado de start-up puede ser la mejor opción para usted.
Visados de trabajo en España
Pueden solicitar el visado de trabajo para España los siguientes trabajadores:
Trabajador altamente cualificado
Para trabajar en España como trabajador altamente cualificado, los ciudadanos extracomunitarios tienen que encontrar un trabajo que haya sido clasificado como “ocupación escasa”. Esto significa que no hay candidatos adecuados en la UE. El empresario debe solicitar el visado de trabajo para el empleado al Ministerio de Trabajo.
Trabajadores de temporada
Los trabajadores estacionales deben demostrar que disponen de un alojamiento adecuado, que los gastos de viaje están pagados y que volverán a su país una vez finalizado el trabajo. Los visados son válidos mientras dure el contrato de trabajo. Los empleadores de trabajadores temporeros deben solicitar el visado de trabajo al Ministerio de Trabajo.
Trabajadores por cuenta propia y autónomos
Los trabajadores autónomos y por cuenta propia deben solicitar un visado de trabajo en un consulado o embajada española en su país de origen. Los visados de trabajo tienen una validez de un año, pero pueden renovarse si se siguen cumpliendo todas las condiciones.
Tarjeta azul de la UE
La tarjeta azul de la UE es para las personas que han pasado al menos tres años completando una cualificación de educación superior que les permite trabajar como profesionales cualificados. También pueden optar a ella los profesionales que tengan un mínimo de cinco años de experiencia laboral de alto nivel directivo. El empleador debe presentar la solicitud de tarjeta azul de la UE en nombre del solicitante.
Se requiere un contrato de trabajo que incluya un salario que supere en un 50% el salario medio en España o, como mínimo, un 20% más si las competencias son demandadas. La tarjeta azul de la UE sólo es válida durante un año, pero es renovable siempre que se sigan cumpliendo las condiciones.
Au pairs
Una au pair debe tener entre 17 y 30 años, debe mostrar el acuerdo de contrato con la familia de acogida y debe incluir el salario y las condiciones, debe mostrar la prueba de las finanzas suficientes para auto-apoyo y debe tener un seguro médico. Los visados para au pairs sólo son válidos durante un año, pero son renovables siempre que se cumplan las condiciones.